Título XIX
De los deberes de los venezolanos
Artículo 96.- Son deberes de los venezolanos:
1. Cumplir
2. Estar prontos en todos tiempos a defender y a servir a la patria;
3. Contribuir a los gastos públicos, satisfaciendo cumplidamente los impuestos que establezca la ley.
No hay comentarios:
Publicar un comentario