Texto completo de cada una de las Constituciones promulgadas en el período señalado.

viernes, 8 de agosto de 2008

Constitución de 1857

Título IV

De la ciudadanía


Artículo 11.- Todos los venezolanos que están en el goce de los derechos de ciudadano pueden elegir y ser elegidos para desempeñar los destinos públicos, siempre que tengan las cualidades requeridas por la Constitución y las leyes.

Artículo 12.- Para gozar de los derechos de ciudadano se necesita:

1. Ser venezolano;

2. Ser casado o mayor de dieciocho años;

3. Saber leer y escribir; pero esta condición no será obligatoria hasta el año de 1880.

Artículo 13.- Los derechos de ciudadano se suspenden:

1. Por naturalización en país extranjero;

2. Por comprometerse a servir contra Venezuela;

3. Por condenación a pena corporal a consecuencia de delitos comunes;

4. Por admitir empleo de otro Gobierno sin permiso del Congreso;

5. Por quiebra fraudulenta declarada así por sentencia judicial;

6. Por ser deudor de plazo cumplido a fondos públicos, declarado así por sentencia ejecutoriada en juicio contradictorio.

Artículo 14.- Los que por algunas de las causas mencionadas en el Artículo anterior tengan en suspenso los derechos de ciudadano, podrán impetrar su rehabilitación conforme a la ley.

Artículo 15.- Para que un ciudadano pueda ser nombrado elector, se requiere:

1. Que sea mayor de veinticinco años;

2. Que sepa leer y escribir;

3. Que tenga una propiedad raíz que valga mil pesos por lo menos o una renta o sueldo que le produzca cuatrocientos pesos o más.

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